Código Técnico de la Edificación
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Descripción:
11816 Martes 28 marzo 2006 BOE núm. 74
1428/1997, de 15 de septiembre, por el que se regula la
pesca con artes menores en el caladero del Golfo de
Cádiz.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día
siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado».
Dado en Madrid, el 10 de marzo de 2006.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Agricultura, Pesca
y Alimentación,
ELENA ESPINOSA MANGANA
MINISTERIO DE VIVIENDA
5515 REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por
el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
Durante la segunda mitad del siglo XX unos procesos
de urbanización y edificación acelerados han configurado
la realidad actual de una gran parte del patrimonio edificado
de nuestro país. Estos grandes procesos de urbanización
han generado unos entornos edificados que dan
satisfacción razonable a las necesidades básicas de la
mayoría de la población española. Sin embargo, la gran
cantidad de nueva edificación construida en los últimos
años y en décadas anteriores no siempre ha alcanzado
unos parámetros de calidad adaptados a las nuevas
demandas de los ciudadanos. Efectivamente, la sociedad
española, como ocurre en los países de nuestro entorno,
demanda cada vez más calidad en los edificios y en los
espacios urbanos.
Esta demanda de una mayor calidad de la edificación
responde a una concepción más exigente de lo que
implica la calidad de vida para todos los ciudadanos en lo
referente al uso del medio construido. Responde también
a una nueva exigencia de sostenibilidad de los procesos
edificatorios y urbanizadores, en su triple dimensión
ambiental, social y económica.
El proceso de la edificación, por su directa incidencia
en la configuración de los espacios habitados, implica un
compromiso de funcionalidad, economía, armonía y equilibrio
medioambiental, de evidente relevancia desde el
punto de vista del interés general y, por tanto, de las políticas
del Gobierno. El sector de la edificación es además
uno de los principales sectores económicos con importantes
repercusiones en el conjunto de la sociedad y en
los valores culturales y medioambientales que entraña el
patrimonio arquitectónico.
Con los objetivos de mejorar la calidad de la edificación,
y de promover la innovación y la sostenibilidad, el
Gobierno aprueba el Código Técnico de la Edificación. Se
trata de un instrumento normativo que fija las exigencias
básicas de calidad de los edificios y sus instalaciones. A
través de esta normativa se da satisfacción a ciertos
requisitos básicos de la edificación relacionados con la
seguridad y el bienestar de las personas, que se refieren,
tanto a la seguridad estructural y de protección contra
incendios, como a la salubridad, la protección contra el
ruido, el ahorro energético o la accesibilidad para personas
con movilidad reducida.
Esta nueva normativa contribuye de manera decisiva
al desarrollo de las políticas del Gobierno de España en
materia de sostenibilidad, en particular del Plan de Acción
de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética, y se
convierte en instrumento de compromisos de largo
alcance del Gobierno en materia medioambiental, como
son el Protocolo de Kyoto o la Estrategia de Göteborg.
El Código Técnico de la Edificación da cumplimiento a
los requisitos básicos de la edificación establecidos en la
Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación,
con el fin de garantizar la seguridad de las personas,
el bienestar de la sociedad, la sostenibilidad de la
edificación y la protección del medio ambiente. Efectivamente,
la Ley 38/1999, en su disposición final segunda,
autoriza al Gobierno para que, mediante Real Decreto,
apruebe un Código Técnico de la Edificación en el que se
establezcan las exigencias básicas que deben cumplirse
en los edificios, en relación con los requisitos básicos
relativos a la seguridad y a la habitabilidad, enumerados
en los apartados b) y c) del artículo 3.1.
Por un lado, la aprobación del Código Técnico de la
Edificación supone la superación y modernización del
vigente marco normativo de la edificación en España,
regulado por el Real Decreto 1650/1977, de 10 de junio,
sobre normativa de la edificación, que estableció las Normas
Básicas de la Edificación, como disposiciones de
obligado cumplimiento en el proyecto y la ejecución de
los edificios. Dentro de este marco jurídico, se aprobaron
diversas Normas Básicas desde 1979, que han conformado
un conjunto abierto de disposiciones que ha
venido atendiendo las diversas demandas de la sociedad,
pero que no ha llegado a constituir en sí mismo un
conjunto coordinado, en la forma de un Código Técnico
de la Edificación, similar a los existentes en otros países
más avanzados.
Por otro, el Código Técnico de la Edificación crea un
marco normativo homologable al existente en los países
más avanzados y armoniza la reglamentación nacional
existente en la edificación con las disposiciones de la
Unión Europea vigentes en esta materia. En primer
lugar, con las relativas a la libre circulación de productos
de construcción dentro del mercado único europeo y,
principalmente, con la Directiva 89/106/CEE del Consejo,
de 21 de diciembre, relativa a la aproximación de las
disposiciones legales, reglamentarias y administrativas
de los Estados Miembros sobre los productos de construcción,
transpuesta al Derecho interno mediante el
Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, sobre disposiciones
para la libre circulación de productos de
construcción. En segundo lugar ha de considerarse la
Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 16 de diciembre, relativa a la eficiencia energética
de los edificios, en virtud de la cual se han incorporado
al Código Técnico de la Edificación las exigencias
relativas a los requisitos de eficiencia energética de los
edificios, que se establecen en los artículos 4, 5 y 6 de
esta Directiva.
En el Código Técnico de la Edificación, además de
ordenarse y completarse la reglamentación básica de la
edificación relacionada con los requisitos básicos de
seguridad y habitabilidad establecidos en la Ley 38/1999,
se plantea un enfoque orientado hacia exigencias básicas,
en línea con el adoptado en el ámbito de la Unión
Europea por la Resolución del Consejo, de 5 de mayo
de 1985, del «nuevo enfoque» en materia de reglamentación
técnica.
Igualmente, el Código Técnico de la Edificación se alinea
con el denominado «enfoque basado en prestaciones
», propugnado por las principales Organizaciones
Internacionales relacionadas
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